Giorgio Agamben / La quiebra de la humanidad

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Para quien hoy se interroga sobre las suertes de la humanidad, es útil reflexionar sobre la noción jurídica de quiebra. La solicitud de declaración de quiebra por parte de un empresario que se encuentra en situación de insolvencia y no puede hacer frente a sus deudas tiene por objeto ante todo proteger a los acreedores, pero, al mismo tiempo, limitar la responsabilidad del deudor, excluyendo de la quiebra los bienes y derechos de carácter personal, así como lo necesario para su mantenimiento y el de su familia. Importante es la figura del curador (o de los curadores), nombrados por el juez para administrar el patrimonio de la quiebra y realizar las operaciones necesarias para la satisfacción de los intereses de los acreedores y la protección del deudor quebrado. Los acreedores, por su parte, se constituyen en un comité que colabora con el curador en el desarrollo de los procedimientos necesarios.