Como en toda ciudad portuaria, en Newark las distancias pesan y se materializan de forma inconspicua, como ya hemos dicho en otra ocasión en la que hicimos un trazado del entorno. Entre la estación del tren de New Jersey y el centro de detención Delaney Hall hay por lo menos unos quince minutos en automóvil. Hemos vuelto esta vez con los amigos del jóven colectivo católico Nuevo Personalismo, cuyo programa y formas de actuar no se define por una militancia irrestricta y cerrada, sino por una singular persistencia en testimoniar el actual embrutecimiento generalizado. Ya con esto bastaría para decir que estos jóvenes son lo suficientemente despiertos para que sean nuestros amigos, pero además de esto hay que agregar que ellos también se desviven para generar encuentros de palabra y pensamiento, un gesto caritativo y por lo demás raro en la época en la que nos ha tocado vivir. Si es difícil definir al “movimiento personalista” es porque se resiste a las costuras de un movimiento programático y con todas las respuestas a la mano. Lo ‘nuevo’ del personalismo es que reconoce que atravesamos el desierto, y en esa búsqueda espera encontrar amigos. No es tampoco la búsqueda de quienes quieren llegar a casa; más bien, es el ejercicio que parte del hecho de la devastación de la casa común que define el desierto incluso si se está en los espacios auráticos de la metrópolis (el nuevo personalismo tiene su base neoyorquina, lo que quiere decir que son herejes de la ciudad).
Violencia de Estado
Julio Cortés Morales / Ley 21.732: la nueva ley antiterrorista
Filosofía, Política“Terrorismo: Dominación por el terror” (Diccionario de la lengua española)
Cuando la Junta Militar instalada tras el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 hizo aprobar una nueva Constitución Política en 1980, incluyó una disposición que señalaba que “el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos”, y obligaba a regular los delitos terroristas mediante una Ley de quórum calificado.
Esta declaración con rango constitucional evidencia la gran paradoja del antiterrorismo en Chile: la dictadura más sangrienta del siglo XX, que asesinó a más de tres mil personas y practicó sistemáticamente secuestros, torturas y ejecuciones mediante el terrorismo de Estado, declara a su vez al terrorismo como “contrario a los derechos humanos”, y obliga a contemplar un régimen especial que sancione los delitos terroristas de acuerdo a un sistema penal de alta intensidad, en paralelo al derecho penal común.
